La principal novedad del contrato menor en la nueva Ley de Contratos del Sector Público 2017 es la reducción de los umbrales para su utilización.
Ante la elevada cantidad de fraude en el contrato menor, cabría preguntarse si la nueva Ley pretende la extinción de este procedimiento.
Sin embargo, debe concluirse que lo que pretende es la limitación de su uso. Es decir, reservarlos a las adquisiciones menores que no pueden conllevar un procedimiento de contratación prolongado y rígido.
La principal fuente de fraude se encontraba en el uso del procedimiento negociado sin publicidad por razón de la cuantía, motivo por el que se elimina este procedimiento y se fomenta la creación de un procedimiento abierto simplificado de aplicación sumaria para mantener la agilidad y sencillez de un contrato menor, pero propiciando un escenario en el que exista concurrencia de licitadores.